sábado, 25 de octubre de 2008

La DGA admitirá acogimientos de niños extranjeros por salud y estudios

http://www.adn.es/local/aragon/20081024/NWS-0235-DGA-acogimientos-extranjeros-admitira-estudios.html

Mónica Fuentes Zaragoza 24/10/2008

Los aragoneses podrán acoger temporalmente a menores extranjeros por motivos de salud, estudios, vacaciones o razones humanitarias. Los niños deberán ser mayores de ocho años y no podrán tener la condición de adoptables. Estas medidas, que recoge el nuevo Reglamento de medidas de protección de menores en situación de riesgo y desamparo, entrarán en vigor dentro de un mes.

Los acogimientos temporales por escolarización tienen como fin dar al menor estudios cuando la situación económica, social o familiar en su país de origen lo impide. La duración coincidirá con el curso escolar y, si va a continuar el siguiente año, es preciso formalizar una nueva solicitud.

El Gobierno aragonés podrá solicitar a las familias de acogida un certificado que avale que el menor tendrá plaza en un centro escolar oficial.

El reglamento incluye, además, la posibilidad de acoger menores extranjeros por razones de salud, cuando el tratamiento de una enfermedad o dolencia no sea posible en su país de origen. La solicitud deberá ir acompañada de informes médicos oficiales que certifiquen que el estado de salud del menor motiva el acogimiento.

Por vacaciones

Aunque desde hace varios años se impulsan en la Comunidad acogimientos temporales durante las vacaciones, este reglamento fija las condiciones en las que se deberán realizar en el futuro.

La duración de la estancia corresponderá a las vacaciones escolares y, preferentemente, será en periodo estival. Las asociaciones sin ánimo de lucro que las organizan deberán presentar la solicitud con al menos un mes de antelación y los particulares, con dos meses como mínimo.

Las entidades promotoras deberán elegir a los acogedores y se tendrán que asegurar de que las familias disponen de suficientes habilidades educativas para llevar a cabo el acogimiento temporal con éxito. Además, se encargarán de realizar los trámites con las autoridades, efectuarán un seguimiento de los menores acogidos y deberán infor mar por escrito a Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) cuando finalice el programa.

El reglamento abre también una vía de ayuda por razones humanitarias excepcionales. Estos acogimientos temporales atenderán situaciones de urgencia provocadas por catástrofes naturales o conflictos armados que requieren la atención de los menores fuera de su país.

Las claves

1 los motivos. Las familias aragonesas podrán alojar de forma temporal menores extranjeros por motivos de estudios, salud, vacaciones o razones humanitarias excepcionales.

2 los beneficiarios. Deberán tener al menos ocho años cuando se inicie el acogimiento y no se podrá aplicara los que ya viven en España.

3 los acogedores. Sólo los podrán realizar personas físicas que hayan sido declaradas idóneas y asociaciones sin ánimo de lucro que estén acreditadas

4 las obligaciones. Los acogedores tendrán que facilitar el contacto del menor con su familia de origen, alojarle y atender sus necesidades médicas, educativas y sociales.

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